Los jardines botánicos que soliciten su ingreso a la Asociación, y que serán aceptados como Miembros Oficiales previa ratificación en Asamblea, deberán cumplir con las siguientes características:
a) Contar con una colección de plantas vivas bien establecida o en un grado avanzado de desarrollo y que esté activa y documentada, es decir en la que se lleven a cabo labores de propagación, mantenimiento y reposición de la misma y cuenten con personal dedicado a desarrollar estas actividades.
b) Que se realicen funciones sobre investigación científica, de conservación, uso sostenible de la diversidad vegetal y acciones educativas que contribuyan a la formación de una conciencia pública.
c) Tener disponibilidad para intercambio de material botánico |